Establecen Plazo para Actualización Obligatoria de Dirección Domiciliaria
y Estado Civil en el DNI – Cierre Padrón Electoral

Se cumple con informar a los connacionales que el Congreso de la República promulgó la Ley Nro. 30338 “Ley que modifica diversas leyes sobre el registro de la dirección domiciliaria, la certificación domiciliaria y el cierre del padrón electoral”, publicada el pasado 27 de agosto en el diario oficial El Peruano, que se anexa a la presente.

Respecto a las modificaciones efectuadas, cabe destacar que los ciudadanos deben actualizar su dirección domiciliaria habitual o su estado civil en su Documento Nacional de Identidad (DNI), dentro de un plazo de 30 días de producido el hecho. La falta de actualización de dichos datos genera una multa de 0.3% de la UIT (equivalente ahora a soles 11.55). Esta multa no está regulada en la tarifa de Derechos Consulares, por lo que sólo se hará efectiva en el Perú de conformidad con las reglas que establezca el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (RENIEC); la Ley dispone que RENIEC establezca mecanismos de cobranza coactiva y desarrolle acciones de verificación de la dirección domiciliaria declarada, pudiendo consultar diversas bases de datos de entidades públicas

Por otro lado se debe indicar que las elecciones generales se realizarán el 10 de abril de 2016 y que el registro electoral se cerrará 120 días antes de la elección. Por ello los connacionales residentes en Brasil y que tienen su DNI con domicilio en el Perú, deberán hacer su cambio de domicilio al Brasil en su DNI a más tardar hasta el próximo mes de noviembre. Los requisitos para éste o cualquier otro trámite están en nuestro portal electrónico: www.consuladoperurio.com.br sección Servicios Consulares.

Cabe indicar que los ciudadanos que figuran con domicilio en el Perú en su DNI y no cumplan con la obligación de votar en el Perú recibirán una multa por omisión al sufragio y, aquellos que sean designados miembros de mesa, una multa por omisión a la instalación. A ello se sumará la multa por falta de actualización de datos en el DNI establecida por la Ley Nro. 30338. Asimismo, debe precisarse que los ciudadanos con DNI con domicilio en el exterior serán oportunamente informados sobre los lugares y las jurisdicciones en donde se desarrollará el proceso electoral.

Por su parte, para quienes han tramitado su inscripción, duplicado, rectificación o renovación de DNI, les recordamos que con el número de su DNI y el número de su ficha registral (únicamente esta última para los casos de inscripción) pueden consultar el estado de su trámite en la siguiente dirección: https://cel.reniec.gob.pe/estadoTramite/, en caso presenten alguna observación deben acercarse a este Consulado General a subsanarlo a la mayor brevedad.

A fin de evitar contratiempos se les invita a actualizar sus datos, especialmente el cambio de domicilio, dentro del plazo perentorio establecido por la Ley.

Cordialmente,

Rolando Ruiz Rosas Cateriano
Cónsul General

PDF_sol_pasaporte<Ley 30338>